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DECLARACIÓN DE LA PSV

Las organizaciones ecuatorianas gremiales, técnicas, académicas, de defensa de derechos, que conformamos la Plataforma por la Salud y la Vida, una vez que el Pleno de la Asamblea Nacional realizó el primer debate del proyecto de Código Orgánico de Salud los pasados días 9 y 10 de mayo de 2017, sin que se haya contado con la suficiente apertura para escuchar e incluir las observaciones fundamentales de diversas organizaciones de la sociedad civil.


Exigimos que en el marco del trabajo de la comisión permanente respectiva de la Asamblea, en preparación para el segundo debate, y en el mismo Pleno, se escuche las voces diversas que hacen observaciones importantes al texto de este proyecto.


El Código Orgánico de Salud es la ley fundamental del sector, por lo que requiere de mucho diálogo franco y consenso, más aun cuando se pretende reemplazar a varias leyes vigentes que serían derogadas si entra en vigencia este proyecto de cuerpo legal, lleno de falencias que afectarían gravemente la vigencia de derechos humanos contemplados en la Constitución e instrumentos internacionales.


Lamentablemente, al iniciar la sesión para el primer debate del Pleno el día 9 de mayo de 2017, sólo fueron escuchadas las voces de la Ministra de Salud Pública y del Presidente del Colegio Médico del Guayas, y le fue negada al Presidente de la Federación Médica Ecuatoriana, que representa a todos los médicos del país y que como miembro de la Plataforma por la Salud y la Vida tiene una visión más amplia y diversa sobre el tema.


En el proyecto en debate y sólo a manera de ejemplos, temas fundamentales como la gratuidad universal de los servicios públicos de salud, la plena vigencia de derechos sexuales y derechos reproductivos, la seguridad jurídica para el ejercicio profesional, o la participación ciudadana autónoma en temas de salud, quedarían gravemente vulnerados si se aprueba tal como está el proyecto de ley orgánica.


  • El Art. 5 de este proyecto señala en apartados de sus incisos 1 y 2 (los resaltados son siempre nuestros): “Su financiamiento será oportuno, regular y suficiente, y provendrá de fuentes permanentes del Presupuesto General del Estado y de otras previstas en las leyes.”… “Sin contrariar el principio de gratuidad, las autoridades competentes del Estado podrán dictar medidas para asegurar la sostenibilidad del financiamiento en salud.” Cuando se debe definir con claridad las fuentes de financiamiento, sin ambigüedades que se presten a eliminar la gratuidad universal de los servicios públicos.

  • En el Art. 17 numeral 1), sobre derechos de niñas y niños, se insiste en una ley de salud, en textos como: “incluido el cuidado y protección desde la concepción”, con el que grupos ultraconservadores pretenden vulnerar el aborto terapéutico e impedir el avance hacia el aborto en todos los casos de violación, como sucede en la mayoría de países del mundo. Además se incorpora un concepto de concepción que agravaría la interpretación del ejercicio de los derechos reproductivos y sexuales en caso de prestaciones de salud reproductiva como anticoncepción y reproducción asistida y sería un obstáculo al derecho a la interrupción terapéutica del embarazo, que es legal en dos causales avaladas por el artículo 150 del Código Penal Integral.

  • Toda la sección de “RESPONSABILIDAD PROFESIONAL SANITARIA” y especialmente el Art. 73 “Responsabilidad por error sanitario”, así como el capítulo sobre “FALTAS ADMINISTRATIVAS Y SANCIONES” Arts. 297 al 301, ponen en clara situación de indefensión, doble sanción e inseguridad jurídica a los trabajadores y profesionales de la salud, que bien podrían ser injustamente acusados de faltas graves o muy graves, y sancionados de manera desproporcionada, cuando en realidad se trate de fallas del sistema y de autoridades de alta jerarquía.

  • El Art. 26 sobre participación y control social, prácticamente restringe la participación social al autocuidado y eventualmente a veedurías de acciones y servicios de salud, afectando además la autonomía de dicha participación cuando define que “La Autoridad Sanitaria establecerá los mecanismos que apoyen y fortalezcan los procesos de formación ciudadana y difusión de derechos y deberes en salud.” Lo que se contradice con los alcances de la Constitución y la Ley Orgánica de Participación Ciudadana. La adscripción a establecimientos de salud (Artículo 45.- Organización poblacional) es otra forma de controlar la organización y participación autónoma de la población.


Por estas y muchas otras observaciones, como:

  • las amenazas al acceso y uso racional de medicamentos,

  • las amenazas al sistema de seguridad social y las posibilidades de impulsar aún más un proceso de privatización de los servicios públicos de salud,

  • las amenazas a la estabilidad laboral de los trabajadores y profesionales de la salud,


Demandamos una participación real y un diálogo franco para la construcción del documento definitivo de esta Ley. Caso contrario, exigiremos su archivo inmediato, independientemente del estado en el que se encuentre el tratamiento del proyecto, como lo han planteado diferentes organizaciones de nuestra Plataforma, incluyendo la Resolución del 13 de enero de 2017 del Directorio de la Federación Médica Ecuatoriana.


Independientemente del curso que tenga este proyecto de código en la Asamblea Nacional, convocamos a todas organizaciones y a la ciudadanía, a que en el marco de los preparación y durante el desarrollo del VI Congreso por la Salud y la Vida “Plutarco Naranjo Vargas” (VI COSAVI – Resistencia) que se realizará en Quito los días 27 y 28 de octubre de 2017, los contenidos del pretendido Código Orgánico de Salud, sean un eje central de los debates en el Congreso y eventos preliminares.


Ecuador, 15 de mayo de 2017

Plataforma por la Salud y la Vida

Federación Médica Ecuatoriana

Federación de Odontólogos del Ecuador

Federación Nacional de Obstetrices y Obstetras del Ecuador

Colectivo Nacional de Comités de Usuarias y Usuarios (CUS)

Frente de Defensa de los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos

Coalición de Mujeres del Ecuador

Foro Permanente de la Salud, Guayas

Frente Nacional para la Salud de los Pueblos

Foro de Salud Pública del Ecuador

Asociación Latinoamericana de Medicina Social, ALAMES núcleo Ecuador

Fundación Ecuatoriana Equidad

Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador, CONAIE

Coordinadora Política Juvenil

Comuna Virchow Pro Salud

Colegio de Tecnólogos Médicos de Pichincha

Cabildo por las Mujeres del Cantón Cuenca

Sociedad Ecuatoriana de Medicina Ecológica

Movimiento Salud y Trabajo

Plataforma por el Derecho a la Salud



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